Politeknika Txorierri - prácticas en empresa

Gestión de prácticas,
en empresa

El módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo Dual General es un módulo de formación específica de carácter obligatorio. Será evaluado por el tutor de prácticas de Politeknika Txorierri y el instructor de la empresa.

 

Formación en las empresas

El número de horas totales que realizará el alumnado en la empresa, con carácter general será a lo largo de los 2 años de duración del ciclo formativo será:

  • En 1º curso de ciclos: 
    • 128 horas 16 días a razón de 8h/día para alumnado mayor de edad
    • 112 horas 16 días a razón de 7h/día para alumnado menor de edad
  • En 2º curso de ciclos tendremos 2 opciones:
Politeknika Txorierri - formación en empresas

OPCIÓN1

El alumnado asistirá al centro de formación desde septiembre hasta marzo y a partir de esa fecha, siempre y cuando cumpla con los criterios establecidos para acceder a la realización del módulo de prácticas. Después, realizará de marzo a mayo un total de 416h a razón de 8 h/día alumnado mayor de edad y los menores de edad de marzo a mayo un total de 364 horas.

OPCIÓN2

Podrá realizar la Formación Dual Intensiva, con un Contrato o una Beca. En el periodo de Junio a Junio o septiembre a Junio. En este caso alternará, a lo largo de todo el 2º curso, la formación en la empresa/centro de trabajo y la formación en el centro de formación profesional sobre la base del programa establecido en cada caso.

 

Características del programa

1

El alumnado no tendrá en ningún caso, vinculación o relación laboral con la empresa en que realizan el módulo de Formación en Centro de Trabajo (excepto en la opción 2).

2

El alumnado no percibirá de la empresa retribución alguna por las actividades realizadas en el desarrollo del módulo. (excepto en la opción 2).

3

La empresa velará por el cumplimiento de la legislación aplicable al alumnado en materia de seguridad e higiene en el trabajo.

4

Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse en el centro de trabajo o desplazamiento al mismo será contemplado a tenor del SEGURO ESCOLAR y de otro COMPLEMENTARIO suscrito por la Administración Vasca.

5

La empresa nombrará el instructor o instructora necesarios con la debida formación para la coordinación y desarrollo de la formación del alumnado.

6

El Plan de formación se establecerá, de acuerdo con lo definido en el currículo del Ciclo Formativo correspondiente conjuntamente por la persona tutora del centro y el o la instructor o instructora de la empresa.

7

El alumnado y las empresas que participen en las prácticas no serán objeto de una subvención por parte del Gobierno Vasco, por motivos presupuestarios.

8

A partir de octubre 2023 es obligatorio dar de alta al alumnado en la Seguridad Social.

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